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El Tiempo en Gualeguay

El Diario de Gualeguay
POR EL NUEVO SISTEMA PROCESAL PENAL
Comenzaron las refacciones en el edificio de Tribunales


La inminente entrada en vigencia del nuevo Código Procesal Penal de Entre Ríos en la jurisdicción de Gualeguay implicará cambios en la estructura funcional de los organismos que intervienen en la persecusión penal, lo que exige adaptar a esos fines el edificio de los Tribunales. Por tal razón, por disposición del Superior Tribunal de Justici, se ha comenzado a intervenir sobre una superficie importante del edificio, dotando a los despachos de espacios funcionales a los procedimientos previstos en el nuevo Código, por el cual muchos organismos verán ampliadas sus potestades y, consecuentemente, también requerirán de ámbitos adecuados a ese nuevo dinamismo, en especial, el Ministerio Público Fiscal, que va a ver ampliada su cantidad de integrantes. Por ello, la obra de mayor envergadura se lleva a cabo en las instalaciones que pertenecían al juzgado de instrucción Nº 2, que será ocupada por los fiscales una vez implementada la reforma procesal penal. En tanto, la sede de este juzgado será trasladada al primer piso y ocupará parte de la superficie que actualmente dispone el juzgado de Instrucción Nº 1. Ambos organismos pasarán a desempeñarse como juzgados de Garantías.
Como producto de esta planificación, ha sido trasladada la Defensoría Nº 2 al edificio que ocupa el Juzgado de Familia, en tanto el espacio que ocupaba en la planta baja del edificio de Tribunales permitirán ampliar las instalaciones del juzgado de Paz. "Las obras incluyen la consideración de la refrigeración, calefacción, iluminación adecuada de los diferentes ambientes. Se ha prestado especial atención en el cuidado de la integridad del edificio, trabajando con panelería de construcción seca, que puede ser removida en el futuro ante nuevas demandas de funcionalidad", señaló la arquitecta Diana Zilli, jefa de la Oficina de Planeamiento e Infraestructura Edilicia del Superior Tribunal de Justicia.
La implementación del nuevo Código Procesal Penal en Gualeguay está prevista para octubre de este año y se hará simultáneamente con Gualeguaychú, Victoria y Nogoyá, jurisdicciones donde ya se iniciaron las obras respectivas.


Aprehendieron a un condenado y ya cumple su pena en la UP 7

Tras un allanamiento ordenado por la Cámara de Gualeguay, la policía de Gualeguaychú aprehendió el viernes a Matías Exequiel Lung, quien había sido condenado a la pena de siete años y seis meses por el delito de abuso sexual agravado por ser con acceso carnal reiterado en perjuicio de una menor de edad. La captura del condenado había sido ordenada en abril de este año, tras quedar firme la condena. Lung se hallaba escondido en el altillo de la casa de su madre, en Aldea San Juan, y ya fue trasladado a la Unidad Penal Nº 7 de Gualeguay, donde cumplirá la condena impuesta por la Cámara.


Reforma del Código Procesal Penal de E.R.:
Hacia la Mediación Penal Por Graciela Impini

La realidad actual en la que vivimos nos inclina a la necesidad de plantearnos la aspiración hacia una disminución de la violencia, fundamentalmente entre individuos en conflicto, por ello resulta de real importancia, racionalizar el servicio de justicia, abordando formas alternativas de resolución.-
En tal sentido la reforma que experimenta nuestro sistema Procesal Penal Provincial, presenta dentro de su marco la Mediación Penal, como una vía alternativa distinta a la pena, que funciona como respuesta estatal al delito y permite arribar a una solución consensuada del conflicto.-
El instituto de referencia, tiende a promover comportamientos responsables, teniendo como finalidad, la de evitar la revictimización y criminalización primaria.-
A través de la Mediación Penal pueden lograrse soluciones pacíficas, con posibilidades concretas de cumplimiento.-
Por otra parte el procedimiento de mención otorga gran protagonismo a los intervinientes, quienes, en un contexto distinto al del proceso, podrán expresarse y recomponer situaciones, logrando así una justa reparación del daño para hacer viable un acuerdo o salida alternativa al proceso penal, ello con el fin de arreglar sus diferencias de manera constructiva; esto, con la colaboración activa del mediador, quién actúa como tercero imparcial y capacitado, que contará con una clara conciencia de las consideraciones éticas y legales implicadas en la Mediación.
Esta instancia no adversarial de índole composicional, postulada por el principio de oportunidad, será utilizada para ciertos delitos, todo en virtud de los fuertes sentimientos referidos a la necesidad social de castigar a aquel que infringe las leyes penales. Paulatinamente la Mediación Penal se está implementando desde el Ministerio Público local, ello en vías de transición hacia la implementación del nuevo Código de Procedimientos Penal; y con muy buenos resultados, no obstante ello, será necesaria una apertura al cambio.-